
COBERTURA
COBERTURA LEGAL
La prestación del servicio se lleva a cabo para el cumplimiento de la Ley Nacional Nº 19587, el Decreto Nº 351/79 y sus modificaciones.
Designación de un universitario matriculado, y/o un profesional auxiliar con frecuencias programadas a cargo del servicio de Higiene y Seguridad.
Apertura y seguimiento de libro de actas, donde se registrarán en forma permanente todas las actuaciones de la gestión del servicio.
Investigación y estadística de accidentes (incidentes con lesión y sin lesión).
Representación de la empresa ante las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (A.R.T.); Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.); Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (O.P.D.S.); ACUMAR y toda autoridad de aplicación.
COBERTURA LEGAL
Programa de Seguridad a desarrollar.
Asistencia técnica permanente.
Confección de plan anual de Seguridad.
Confección de plan anual de Salud.
Confección de plan anual Ambiental.
Seguimiento de planes de acción en medio ambientales.
Estudios y planes de ergonomía.
Seguimiento de planes de mejoramiento y reducción de siniestralidad, y otras operatorias que lleve a cabo la ART y/o SRT.



