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COBERTURA

COBERTURA LEGAL

La prestación del servicio se lleva a cabo para el cumplimiento de la Ley Nacional Nº 19587, el Decreto Nº 351/79 y sus modificaciones.

Designación de un universitario matriculado, y/o un profesional auxiliar con frecuencias programadas a cargo del servicio de Higiene y Seguridad.

 

Apertura y seguimiento de libro de actas, donde se registrarán en forma permanente todas las actuaciones de la gestión del servicio.

 

Investigación y estadística de accidentes (incidentes con lesión y sin lesión).

 

Representación de la empresa ante las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (A.R.T.); Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.); Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (O.P.D.S.); ACUMAR y toda autoridad de aplicación.

COBERTURA LEGAL

Programa de Seguridad a desarrollar.

 

Asistencia técnica permanente.

 

Confección de plan anual de Seguridad.

 

Confección de plan anual de Salud.

 

Confección de plan anual Ambiental.

 

Seguimiento de planes de acción en medio ambientales.

 

Estudios y planes de ergonomía.

 

Seguimiento de planes de mejoramiento y reducción de siniestralidad, y otras operatorias que lleve a cabo la ART y/o SRT.

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